Proyecto de Reforma Laboral PRI-AN

Proyecto de Reforma Laboral PRI-AN
Coopela o Cuello. (Perujo)

martes, 19 de julio de 2011

Una Reforma a la ley laboral con perspectiva de género

Beatriz Lujan

Para las mujeres es vital formular cambios en el derecho laboral ya que la desigualdad  histórica de género las ubica en una posición de opresión y desventaja que les impide incorporarse plenamente a la vida productiva.

Por otra parte, los avances internacionales en la materia también han contribuido a que se acepte que la legislación mexicana está notablemente retrasada en comparación con la de otros países.

Hacer conciencia en la sociedad frente a la realidad laboral femenina, ha sido preocupación de las mujeres sindicalistas de nuestro país y de organizaciones no gubernamentales; varias de sus propuestas son recogidas en la iniciativa que presenta el PRD.

La propuesta del PRD intenta una inclusión transversal de disposiciones para regular en áreas específicas la protección de las mujeres en el ámbito laboral, al tiempo que se conserva un capítulo especial destinado la responsabilidad familiar y los derechos reproductivos. Se trata de un esfuerzo, quizá aún insuficiente, por atender uno de los problemas fundamentales del mundo del trabajo.

Las reformas más importantes que incluye esta iniciativa en relación a la equidad de género son:

Principios generales:

Se incorporan los principios de la OIT sobre el trabajo decente y se instrumenta su observancia efectiva. 

Se tutela la igualdad sustantiva o de hecho de trabajadores y trabajadoras frente al patrón.



La Igualdad sustantiva es la que se logra eliminando la discriminación contra las mujeres que menoscaba o anula el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos humanos y las libertades fundamentales en el ámbito laboral. Supone el acceso a las mismas oportunidades considerando las diferencias biológicas, sociales y culturales de mujeres y hombres.

Con objeto de promover la igualdad de oportunidades y de las condiciones laborales entre hombres y mujeres, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social contará con un organismo desconcentrado que se encargará de formular y desarrollar programas de acción afirmativa.

Se entiende por acción afirmativa la adopción de medidas temporales destinadas a fomentar la participación de la mujer en el empleo, en la actividad sindical y en los programas de capacitación y adiestramiento de manera que contribuyan a corregir en los hechos los factores de discriminación por género.

No podrá ejercerse ninguna forma de discriminación directa o indirecta hacia las mujeres expresada como violencia física, sicológica, sexual, moral o verbal que atente contra su dignidad. Se definen estos dos conceptos.

Se introduce en el artículo relativo a las causales de rescisión de la relación de trabajo, el hostigamiento sexual o moral y cometer actos de violencia laboral contra cualquier persona por razón de sexo y género.

Salario, productividad y reparto de utilidades

Corresponderá  salario igual a Trabajos de igual valor  en los trabajos desempeñados por mujeres que sean de naturaleza semejante al realizado por hombres, con similares características en cuanto a funciones, tareas, conocimientos, habilidades y destrezas aunque la labor o su denominación sean diferentes.

Derechos y obligaciones de los trabajadores y de los patrones

Se prohíbe a los patrones obligar a los trabajadores a afiliarse o retirarse del sindicato o agrupación a que pertenezcan, a votar por determinada candidatura o intervenir en cualquier forma en el régimen interno del sindicato.

Se prohíbe despedir de su trabajo o aplicar sanciones a los trabajadores  ejerzan su derecho de decidir sobre la firma o el rechazo del contrato colectivo o el de optar por determinado sindicato en juicio de titularidad.

Se prohíbe a los patrones realizar actos de hostigamiento sexual contra alguna persona en el centro de trabajo.

Se prohíbe exigir o solicitar a las mujeres la presentación del certificado médico de ingravidez, o la práctica de pruebas de embarazo como requisito previo para otorgar un empleo.

También despedir a una trabajadora o coaccionarla directa o indirectamente para que renuncie por estar embarazada, por cambio de estado civil o por tener a su cargo el cuidado de hijos menores.

Sobre la reproducción y las responsabilidades familiares

Se propone que las mujeres y los hombres disfruten de los mismos derechos y tengan iguales obligaciones, garantía que se establece en lo general y específicamente en función de la protección de las y los trabajadores con responsabilidades familiares, asegurando la igualdad de trato y oportunidades.

Se define quienes son los y las trabajadoras con responsabilidades familiares.

Se garantiza a la trabajadora el ejercicio de sus derechos reproductivos en el momento de su elección, protegiéndose su salud y la del producto.

Toda trabajadora que decida ejercer este derecho conservará su empleo, puesto de trabajo, salario y prestaciones.

Gozarán de un descanso de dieciséis semanas durante el período previo y posterior al parto, cuyo inicio será determinado por la trabajadora, En Las dos últimas semanas correspondientes al período postnatal, podrán ser disfrutadas opcionalmente por la madre o por el padre, según éstos lo convengan entre sí, con aviso anticipado al patrón.

Se propone que las instituciones de seguridad social están obligadas a cubrir las licencias por maternidad de las trabajadoras, con independencia de su antigüedad o numero de cotizaciones aportadas.

Se establecen cláusulas de protección para los y las trabajadoras con responsabilidades familiares, como lo es la prohibición de rescindir un contrato por esta causa.

Trabajo doméstico

Cambio de nombre del título que se denominará "Trabajadores del hogar" con el objeto de dignificar esta labor.

Se integra a la ley la jornada máxima de ocho horas diarias, con dos días de descanso por semana con goce de sueldo; la asignación de un salario mínimo profesional como base de negociación del sueldo por asignar

Se reconocen prestaciones básicas como las vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, derecho a la seguridad social y aguinaldo.

Se obliga al patrón a considerar los alimentos y la habitación como parte del salario integrado, acumulados al salario en efectivo, del cual se derivara el pago de las prestaciones.

Se obliga al patrón a la vigilancia de la integridad física, emocional y sicosexual de la persona para protegerlas del abuso y/u hostigamiento sexual, violación y

Autonomía y eficacia en la impartición de justicia

Una reforma toral es la referida a la sustitución de las juntas de Conciliación y Arbitraje por jueces laborales dependientes del Poder Judicial, quienes conocerán y resolverán las diferencias o conflictos entre el capital y el trabajo.

Se pretende acabar con  la alianza entre el supuesto representante de los trabajadores, entre el patrón y el representante del Ejecutivo en perjuicio de los intereses de los primeros.

Lo referente a la justicia administrativa en cuanto a registro de sindicatos y de contratos colectivos y en los juicios de titularidad contractual, será impartida nacionalmente por el Registro Público Nacional de Organizaciones Sindicales y Contratos Colectivos de Trabajo.

Responsabilidades y sanciones

Se reforman y adicionan diversos artículos a efecto de dar eficacia al sistema de sanciones económicas aumentándolas en aproximadamente dieciséis veces  y para corregir disposiciones fundamentales que carecen de sanción y se acompañan con la propuesta de federalización y perfeccionamiento de la Inspección del Trabajo.

Así pues, por primera vez una iniciativa de reforma a la ley laboral contempla la perspectiva de género. Tenemos pues como tarea:

·         Informar y capacitar mediante talleres, seminarios y foros el contenido de esta iniciativa presentada

·         Analizar en grupos las diferencias que existen entre las tres propuestas principales (PRI, PAN y PRD)

·         Participar en todo evento que tenga como finalidad el rechazo a cualquier propuesta de reforma laboral que perjudique a las y los trabajadores y

·         Cabildear esta propuesta con las y los diputados que nos representan, para hacerla realidad






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