Proyecto de Reforma Laboral PRI-AN

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lunes, 24 de septiembre de 2012

PRD: Por qué rechazamos la Iniciativa Calderón

"las diputadas y los diputados del PRD decidieron rechazar la propuesta del Ejecutivo, fundamentalmente, por considerar inadmisibles los siguientes contenidos:
1. La subcontratación que precariza empleo, degrada al trabajador a mero objeto, y legaliza fraudes laborales, a la seguridad social y al fisco.
2. Las nuevas modalidades de contratación, destacadamente los contratos de capacitación inicial y a prueba, que junto con la subcontratación hacen añicos la estabilidad en el trabajo y por tanto todo proyecto de vida para el trabajador y su familia.
3. Suspensión en el pago de las cuotas sindicales: en base a razones subjetivas las juntas de Conciliación y Arbitraje, instancias de consigna, podrá decretar esta suspensión para acabar a los sindicatos democráticos.
4. “Prórroga del contrato de trabajo sujeta a la pervivencia de la materia de trabajo” de la misma naturaleza (es decir la prórroga queda al arbitrio del patrón).
5. Salario Infinitesimal: al autorizar la contratación por hora, semana y jornada reducidas, permite que el trabajador reciba una proporción del salario mínimo, que siendo tan bajo en nuestro país, incluso menor al de Haití, lo sumirá en mayor pobreza También golpeará aún más el casi extinto mercado interno, que en el marco de la grave crisis mundial que se ha desatado resulta indispensable fortalecer.
6. Impulso y abaratamiento del despido: al prácticamente anular la necesidad de que el patrón notifique el aviso de despido (fecha y causas de despido) al trabajador y, al reducir a 12 mese los salarios caídos y, al aumentar injustas causas de despido.
7. Multihabilidades (polivalencia; actividades conexas o complementarias): golpea el empleo, aumenta la sobreexplotación, impulsa el despido pues su desempeño se prevé como obligatorio.
8. Aumento de la antidemocracia en el ámbito de los derechos colectivos: por un lado mantiene toda la infraestructura jurídica que sostiene el corporativismo sindical, y como si esto no fuera suficiente aumenta los requisitos para el ejercicio de los mismos (sindicalización, contratación colectiva y huelga).
9. “Arbitraje obligatorio”, es decir, que los trabajadores ya no deciden el tiempo en que estarán en huelga y por tanto neutralizan la presión que la huelga representa, el patrón o un tercero puede solicitar la intervención de la Junta para ponerle fin a ésta.
10. Permanencia de las Juntas de Conciliación y Arbitraje: justicia no expedita, parcial, sometida a los intereses políticos y de las empresas; aún peor, que en la actualidad ya que se les aumenta su poder discrecional, sobre todo en materia de Derecho Colectivo. Asimismo subsiste la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos, garantía de que se mantendrán los salarios de hambre en contra de los trabajadores.
11. Equidad de género y protección de los niños: sólo aceptan unas cuantas normas insuficientes de manera absoluta para engañar a la opinión pública. En total oposición a la Iniciativa del PRD y al reclamo masivo de la organizaciones a este respecto.
12. Exclusión de la LFT de las Tablas de enfermedades y de valuación (riesgos de trabajo): lo que las transforma en un acto meramente administrativo, sujeto a los caprichos de la STPS, ante la presión de intereses políticos y económicos.
Por el contrario, la propuesta del PRD para la redacción del dictamen de Reforma Laboral, indicaron, contiene los siguientes elementos:
1. Seguro de desempleo. Adición a la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social, que daría sustento al principio de estabilidad en el empleo, organizado con aportaciones de los patrones, los trabajadores y el Estado, aplicable a trabajadores privados de su empleo por causas no imputables a ellos, previamente afiliados al IMSS, con garantía de ingresos de subsistencia hasta por seis meses, con obligaciones de los beneficiarios de capacitarse para mejorar su profesionalización laboral y procurar su reinserción a puesto de trabajo.
2. Semana de trabajo de 40 horas.
3. Acceso y condiciones de trabajo iguales y dignas, sin distinción de género.
4. Generalización nacional de los salarios mínimos.
5. Substitución de la Comisión Nacional del Salario Mínimo por un Instituto Nacional del Salario Mínimo, Productividad y Reparto de Utilidades.
6. Modernización del modelo laboral para la inserción exitosa del país en la globalización productiva.
7. Perfeccionamiento de las instituciones del derecho laboral para garantizar seguridad jurídica a trabajadores y empresarios.
8. Fortalecimiento de la libertad, democracia y autonomía sindicales.
9. Protección a la familia. Condiciones de trabajo dignas en trabajo femenil, de menores y derecho al trabajo de otros grupos vulnerables.
10. Creación del Registro Público Nacional de Organizaciones Sindicales y Contratos Colectivos de Trabajo.
11. Reconocimiento constitucional a la contratación colectiva como institución privilegiada del derecho colectivo, espacio adecuado para el desarrollo de la productividad con beneficios compartidos y la mejor organización del trabajo.
12. Autenticación de la contratación individual. Supresión de contratos a honorarios y a comisión simulada, e invalidación de documentos firmados en blanco para “renuncia voluntaria”".
Para el Grupo Parlamentario del PRD, señalaron los legisladores, aprobar esta iniciativa preferente sobre un tema que afecta la vida cotidiana de las familias, sería una gran irresponsabilidad de la Cámara de Diputados, con efectos negativos para varias generaciones de trabajadores de empresas privadas y de cualquier instancia de gobierno.
La competitividad del país no se debe basar en la reducción de los derechos de los trabajadores ni de sus salarios. Una Reforma Fiscal progresiva, el combate a la corrupción y medidas de austeridad deben ser las palancas para sacar a México del estancamiento.
El Grupo Parlamentario del PRD hace un llamado responsable a todas las fuerzas políticas representadas en la Cámara de Diputados para rechazar la iniciativa de Reforma Laboral del Ejecutivo, y elaborar una en beneficio de los trabajadores.

Ocho mentiras del plan laboral de Calderón

 
Arturo Alcalde Justiniani
 
La exposición de motivos y la propaganda que se hace en favor de la iniciativa de reforma laboral presentada por Felipe Calderón contrastan severamente con la realidad y mienten a la ciudadanía. Ocho falsedades destacan por su importancia:
Se trata de una reforma estructural. La iniciativa mantiene los vicios y limitaciones del modelo vigente de relaciones de trabajo. No modifica el sistema de justicia sustentado en órganos tripartitos parciales e ineficientes, como son las juntas de Conciliación y Arbitraje. No toca el control corporativo; en todo caso, lo desplaza más al sector empresarial; no crea condiciones para mejorar el salario y fortalece las prácticas de simulación vigentes.

APP LABORAL
Perujo en El Economista
Favorece el crecimiento del empleo y la competitividad. No hay indicios que acrediten que la iniciativa favorezca estos fines; se oculta la evidencia de que son factores de orden económico los que influyen en la creación de empleo, como la inversión y el crecimiento económico. Las voces más especializadas en materia económica han demostrado que las afirmaciones relacionadas con este fin no tienen sustento, por el contrario, se advierte que en general la experiencia internacional de propuestas sustentadas en promover la precariedad sólo generan más pobreza, desigualdad y encono social.

Beneficia a los trabajadores. Es evidente que una subcontratación salvaje, sin factores de equilibrio, una nueva figura de contrato por hora sujeta a la discrecionalidad del patrón, un mayor control empresarial de los trabajadores y la reducción del carácter protector de la ley jamás podrán entenderse como favorables a los hombres y mujeres que trabajan.

Favorece la justicia laboral. Todo lo contrario; con la propuesta se carga sobre los hombros de los trabajadores la lentitud de los juicios por despido injustificado, incrementando la tardanza; los trabajadores quedarán en estado de indefensión al verse obligados a aceptar pagos indemnizatorios reducidos, ante el escenario de esperar seis o siete años para tener derecho a recibir, en el mejor de los casos, tan sólo un año de salarios. A pesar de que en todos los foros y espacios, incluyendo la consulta nacional convocada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación para transitar hacia una reforma judicial integral, se ha venido planteando la urgencia de transformar estos órganos para contar con jueces imparciales y eficaces que, sin estar sometidos al Poder Ejecutivo, resuelvan en periodos cortos las controversias de trabajo, el Ejecutivo federal optó por soslayar esta exigencia y castiga a los trabajadores con una responsabilidad que es aplicable al Estado.

Regula la subcontratación para evitar abusos. Los términos planteados por la iniciativa legalizan los vicios existentes, convirtiendo el trabajo en mercancía desechable, privada de derechos superiores a los mínimos e imposibilita ejercer derechos colectivos que permitan negociar las condiciones de trabajo. De una manera tramposa, omite que únicamente se garantizan los derechos básicos, y al impedir su regulación, provoca que esta forma excepcional de contratación, sólo justificada para actividades complementarias o especializadas, se convierta en la regla general. También se engaña con figuras tales como la responsabilidad solidaria o una supuesta vigilancia sobre el subcontratista, ocultando que el beneficiario es el patrón, que en caso de simulación debe responder y que la vigilancia debe incluir un registro especial de subcontratistas y la participación explícita de la inspección laboral por parte del Estado.
 
Promueve la democracia sindical. Si bien la iniciativa hace referencia al voto secreto y a la obligación de rendir cuentas por parte de los sindicatos, es evidente que se trata de una propuesta de orden táctico para ser intercambiada por los temas que son prioritarios para el sector empresarial, como la subcontratación sin cortapisas, limitar los salarios caídos y una contratación por horas que permita omitir el pago de prestaciones y suprimir la antigüedad y la estabilidad laboral.

Resuelve la problemática de los contratos colectivos de protección patronal. Para solucionar este vicio, que abarca la inmensa mayoría de los centros de trabajo del país, que consiste en que el patrón escoge el sindicato que debe representar a sus trabajadores al firmar el contrato colectivo, el Ejecutivo federal debió proponer que los trabajadores sean consultados antes de que se firme en su nombre el instrumento que regulará las relaciones colectivas de trabajo. La iniciativa, contrario a lo señalado en la exposición de motivos, blinda y consolida los contratos de protección patronal al impedir de manera permanente que los trabajadores puedan optar por un sindicato distinto al que les señaló el patrón. Los absurdos requisitos contenidos en el artículo 899 A, imposibles de superar, representan un obstáculo insalvable, ya que además de obligarlos a delatar previamente a los trabajadores inconformes, exige que el patrón y el líder sindical hegemónico en la zona, quienes representan el voto mayoritario en la Junta de Conciliación y Arbitraje, autoricen previamente la procedencia para iniciar el juicio de titularidad contractual. Esta restricción lesionará también al sector empresarial, pues al cancelarse las vías legales para el ejercicio de la libertad de asociación, los trabajadores no tendrán más camino que la acción clandestina, contrario a las relaciones abiertas, informadas y responsables que operan en los países altamente productivos. Obstáculos similares se oponen al ejercicio del derecho de huelga, figura casi inexistente en el México actual.

Es compatible con la norma constitucional y los convenios internacionales. Varias disposiciones son claramente violatorias de estos instrumentos jurídicos de jerarquía mayor, por lo que de ser aprobadas, se provocará una fuerte batalla de orden jurídico y un crecimiento de las denuncias internacionales que en los últimos años se han promovido por las organizaciones más representativas de México y de todo el mundo, acusando al país de ser un contumaz violador de la libertad sindical y del derecho a la contratación colectiva auténtica.