Proyecto de Reforma Laboral PRI-AN

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domingo, 8 de enero de 2012

Todos contra el decretazo del la JLCA del DF que impone la reforma Lozano en la práctica.

Comunicado de Prensa

8 de enero de 2010

Aplica Junta Local de Conciliación y Arbitraje-DF criterios violatorios de derechos laborales de las y los trabajadores; exigimos intervención de la Suprema Corte
•· Trabajadoras y trabajadores de Atento call-center, los primeros afectados con la aplicación de facto de las medidas antisindicales
•· Hace caso omiso JLCA-DF de llamados a revocar la imposición de los criterio




La Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal (JLCA-DF), aplica ya en los hechos los “nuevos criterios” que, de manera anticonstitucional, impuso el 27 de octubre de 2011 y que representan una clara violación a los derechos humanos laborales de las y los trabajadores. Lo anterior a pesar de la cascada de amparos presentados en contra de ese decreto y que todavía siguen en proceso jurídico, por lo que exigimos la inmediata intervención de la Suprema Corte de Justicia de la Nación para que se revoquen dichos criterios.




No obstante las múltiples denuncias, tanto a nivel nacional como internacional, en torno a que este decreto quebranta la libertad sindical de millones de personas, la JLCA-DF ha hecho oídos sordos a los reclamos de sindicatos y organizaciones para mantener una práctica cotidiana contraria a los intereses de las y los trabajadores.




Mediante el decreto se amplían los requisitos para formar sindicatos y se hacen requerimientos absurdos como que las nuevas organizaciones presenten testimonio notarial de la empresa en original o copia certificada, lo cual es imposible porque ninguna empresa proporcionara sus documentos para facilitar la formación de un sindicato. Ahora también es indispensable presentar la lista de empleados que quieran integrar una organización, con datos personales —como el domicilio—, identificación que podría costarles el empleo; además de que serán los trabajadores quienes deberán acreditar la relación laboral.

Para la toma de nota de un comité ejecutivo, la junta exige la actualización del padrón de socios, aunque las empresas no entregan en tiempo y forma la lista de los trabajadores activos; asimismo éstas pueden hacer despidos cuando los sindicatos soliciten este documento. De igual modo se incrementan los requisitos para la presentación de emplazamientos a huelga. Se dificulta el reconocimiento de la toma de nota y de la personalidad jurídica documento oficial sin el cual un sindicato no podrá emplazar a huelga. También se incrementan los requisitos para los emplazamientos por firma de contratos colectivos, revisión general, salarial o por violaciones y otros.




En relación con los recuentos para decidir a los representantes que administrarán el contrato colectivo, la JLCA-DF tendrá la facultad de utilizar el padrón que ofrezca la empresa; cuando es conocido que esos listados están amañados para favorecer a los patrones. Este es el caso de las y los trabajadores del call center Atento; primeros afectados por los “criterios” aprobados por la junta

La autoridad laboral del Distrito Federal ratificó y aplicó esos criterios en la demanda de titularidad del contrato colectivo que la Sección 187 Atento - Sindicato de Telefonistas de la República Mexicana, interpuso para combatir a un sindicato de protección patronal que hoy detenta la administración de dicho contrato. En su lucha por tener un sindicato democrático han llegado al proceso de recuento en tres ocasiones, 02 julio 2010, 31 de octubre y 9 de noviembre de 2011, sin embargo a los obstáculos burocráticos, corrupción y acoso de golpeadores que con apoyo de la empresa y complacencia de la autoridad laboral protegen a un sindicato de protección patronal denominado “Sindicato Progresista Justo Sierra”, se agregan los “criterios” que hacen prácticamente imposible el registro de un nuevo sindicato.




En total son 323 los nuevos “criterios” que no fueron producto de un proceso de consulta y atención de las necesidades de las y los trabajadores en su legítimo derecho de asociación en defensa de sus intereses, sino una imposición dictatorial de obstáculos a la sindicalización auténtica.




Estas arbitrariedades han encendido ya las voces de alarma en diversos sectores. A finales de noviembre la Asamblea Legislativa del Distrito Federal se pronunció contra esta medida por medio de un punto de acuerdo presentado por los diputados José Arturo López Cándido y Ana Estela Aguirre y Juárez que en su resolutivo único exhorta al presidente titular de la Junta, Ramón Montaño Cuadra, a renunciar a la adopción, por parte de esa instancia, de nuevos criterios procesales que lesionan los derechos laborales suscritos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.




En virtud del caso omiso que la JLCA-DF ha hecho de los reclamos de las y los afectados y otros actores sociales a la revocación de los “criterios”, solicitamos que la Suprema Corte de Justicia de la Nación atraiga el caso a través de los amparos interpuestos contra el decreto del 27 de octubre.

Asimismo, el próximo martes, 10 de enero, entregaremos personalmente al presidente de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, Luis González Plascencia, una Queja por las violaciones a derechos humanos cometidas por la JLCA-DF. Invitamos a los sindicatos, organizaciones sociales y gremiales, a los académicos interesados, trabajadoras y trabajadores, así como a la sociedad civil en general al acto que se efectuará a las 12:00 horas en la sede la propia Comisión. (Av. Universidad 1449, col. Florida, pueblo de Axotla, delegación Álvaro Obregón, 01030 México Distrito Federal. Teléfono: 52295600, Metro Viveros)

jueves, 1 de diciembre de 2011

Juez de distrito en materia laboral echa atrás regulaciones impuestas por la JLCADF



Otorga suspensión definitiva ante amparo interpuesto por el Frente Auténtico del Trabajo

El organismo llama a representantes obreros y patronales a sesión extraordinaria para hoy

Patricia Muñoz Ríos

La Jornada, p. 20


Quedó sin efecto el paquete de regulaciones impuestas por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal (JLCADF), ya que el juez primero de distrito en materia laboral, determinó la suspensión definitiva de la nueva normativa que estableció esta instancia laboral para modificar y ampliar los requisitos para que los trabajadores puedan emplazar a huelga, pedir el registro de nuevos sindicatos y solicitar tomas de nota y otros trámites.


La suspensión definitiva fue otorgada ante al amparo interpuesto por el Frente Auténtico del Trabajo (FAT) en nombre de una decena de sindicatos que se inconformaron contra el cambio de las reglas establecido por la JLCADF. Desde el inicio de semana, este y otros jueces de distrito habían otorgado suspensiones provisionales en el recurso presentado también por la Unión Nacional de Trabajadores, según informó el abogado laboralista Héctor Barba.


Ante ello, trascendió que la JLCA está llamando a una sesión extraordinaria con todos los representantes obreros y patronales para este jueves, en la que supuestamente se daría marcha atrás a las medidas que adoptó este organismo.

jueves, 24 de noviembre de 2011

"Decreto" Antiobrero en el Distrito Federal

 
Arturo Alcalde Justiniani
 
Repentinamente, cuando se creía suspendida la intentona patronal de reformar en su favor la Ley Federal del Trabajo, las autoridades laborales de la ciudad de México asumieron de manera aún más ruda sus propuestas restrictivas, aprobándolas por conducto de una norma de carácter general y obligatorio para los trabajadores y trabajadoras de nuestra ciudad.

El contenido de esta especie de decreto, compuesto de 45 páginas a renglón seguido, emitido por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal, sin tener facultades para ello, impone múltiples obstáculos a los trabajadores para obtener el registro de un sindicato, lograr el reconocimiento de una elección, ejercer la huelga o lograr un contrato colectivo auténtico. En contraste, al sector patronal se le otorgan todas las facilidades para imponer los sindicatos de su preferencia mediante los contratos colectivos de protección patronal. En ningún estado de la República, tampoco a escala federal, las autoridades laborales se han atrevido a fijar normas similares; penosamente se convierte a nuestra ciudad en el laboratorio de lo que el sector empresarial más conservador pretende implementar en el resto del país. Todo a contracorriente de las reformas constitucionales que buscan proteger y garantizar los derechos humanos laborales.

Del inmenso número de obstáculos, insalvables en la práctica, se destacan los relacionados con los emplazamientos a huelga para obtener la firma de un contrato colectivo y las reglas para cambiar de sindicato, conocidos como juicios de titularidad. Desde el inicio de las discusiones de la reforma laboral, los abogados de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), promotores fundamentales de este decreto, pusieron énfasis en esos dos temas, precisamente porque constituyen las únicas escapatorias con las que cuentan los trabajadores para sustraerse de la práctica común que permite a los empresarios imponer el sindicato de su preferencia. La maniobra es cerrar las únicas ventanas que han permitido el funcionamiento de un reducido número de sindicatos independientes en el ámbito local, esto es, en ramas de actividad que son competencia del gobierno de la ciudad, precisamente los sectores más necesitados de defensa y organización, que incluye a los trabajadores que se encuentran en condiciones más precarias, como la industria de la construcción, limpieza, confección y servicios.

Para inhibir el ejercicio de estos derechos fundamentales, la Coparmex ha inventado una triquiñuela consistente en condicionar a los sindicatos el cumplimiento de requisitos previos para dar trámite a sus gestiones; se les exige dar información y entregar documentación que permita a las empresas identificar a los trabajadores inconformes para reprimirlos a tiempo; por otro lado, la entrega de documentación reclamada depende de las propias empresas. Por ejemplo, los trabajadores que busquen quitar al sindicato patronal deberán informar sobre todos los nombres y categorías que existen en la empresa, delatar las personas que buscan el cambio de sindicato, obtener sus firmas, exhibir recibos de pago sellados, credenciales con fotografía y sello de la empresa y copia de documentación del IMSS de la que carecen los trabajadores; más aun, porque en las pequeñas y medianas industrias propias de la competencia local las relaciones laborales no están formalizadas a través de estos documentos.
¿Cómo lograron los abogados de la Coparmex embaucar a las autoridades y a los representantes obreros? Algunos funcionarios tienen antiguos intereses creados, otros con cierto grado de superficialidad lo entienden como una reforma administrativa deseable, porque reducirá el número de juicios y promociones; se escudan señalando que así lo quieren los patrones y representantes obreros; estos últimos, sometidos por los propios abogados empresariales porque su sobrevivencia depende de los contratos de protección que les proveen los propios representantes patronales.

La nueva norma se sustenta en criterios y jurisprudencias derogadas; resulta preocupante su fundamentación en la jurisprudencia 86/2000, referida a las facultades de las autoridades laborales en materia de toma de nota de elecciones gremiales, no vigente al aprobarse dichos criterios; el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dio vida a la jurisprudencia 32/2011, en vigor a partir del 31 de agosto de este año, la cual es obligatoria para dicha junta. Tampoco parecen estar enterados de las jurisprudencias 14/2003 y 15/2003 que les impiden imponer los requisitos que consideran en este decreto, por otro lado ignoran el criterio del máximo tribunal sobre el registro de sindicatos nacionales de competencia local cuya existencia cancelan de un plumazo. Son innumerables los instrumentos jurídicos ignorados, incluyendo el convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo, también de carácter obligatorio para la junta, el cual, en su artículo 3.2, impone a las autoridades públicas abstenerse de cualquier medida que restrinja el ejercicio de la libertad de asociación.

Sindicatos democráticos, organizaciones no gubernamentales, la academia y, en general, interesados en un futuro laboral sustentado en la libertad y en la responsabilidad laboral, han reaccionado con firmeza contra este decreto con un plan de acción a escala nacional e internacional, exigiendo su revocación y un cambio de rumbo en la política laboral de nuestra ciudad.

EXIGIMOS LA REVOCACIÓN DEL “BOLETÍN DE CRITERIOS” DE LA JLCA DEL DF


 





EXIGIMOS LA REVOCACIÓN DEL “BOLETÍN DE CRITERIOS” DE LA JLCA DEL DF

En días pasados la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal (JLCA), dio a conocer un boletín en el que, por medio de la publicación de una serie de “criterios”, se pretende continuar con una política laboral antisindical e imponer de facto una contrarreforma laboral que recupera algunos de los planteamientos mas regresivos de  las iniciativas de ley  presentadas por  PRI y del PAN en la cámara de diputados.

Enumeramos los principales efectos negativos que implicaría la aplicación de dicho ordenamiento sobre los derechos laborales:



  • Se modifican los procesos legales para los emplazamientos a huelga, registro de sindicatos y demandas de titularidad al establecerse requisitos infundados, no contemplados en la Ley Federal del Trabajo, con lo  que restringe el ejercicio  de  derechos fundamentales como el de huelga o el de libre asociación sindical.
  • El “boletín de criterios” es ilegal, porque se fundamenta  en  una  jurisprudencia, la  83/2000 que actualmente no esta vigente y porque ignora los criterios incluidos en las jurisprudencias 14/2003 y 15/2003 en las que claramente se estipula que los únicos  requisitos para el ejercicio del derecho de huelga serán  los previstos en la propia ley.
  • La Junta exige, a través de su boletín, que los  nombres de los trabajadores que promuevan un emplazamiento a huelga en demanda de la titularidad o de la revisión del CCT estén plenamente acreditados en el Acta de Asamblea sindical  correspondiente  y  en el padrón de socios del sindicato, procedimiento que nulifica en los hechos el voto secreto y expone a los trabajadores involucrados a todo tipo de represalias por parte de las empresas y por parte de los sindicatos de protección, si se trata de un recuento.
  • La Junta incurre en violación del artículo primero Constitucional y Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo en su artículo 3.2, pues con el “boletín de criterios” interviene en la vida interna sindical, al atribuirse la facultad de revisar y eventualmente  rechazar los estatutos de las organizaciones obreras.



Cabe mencionar que el Pleno de la Junta no tiene facultades para imponer mayores requisitos de los previstos en la ley de la materia, sólo puede actuar en el marco de sus facultades, por lo que, con el citado boletín, los servidores públicos de dicho tribunal exceden claramente sus atribuciones. Al actuar de esta manera la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Distrito Federal (JLCA) invade las atribuciones del Poder Legislativo pasando por encima de los más elementales principios del derecho laboral.



El actual sistema de la Junta se basa en el corporativismo y el patrimonialismo más perverso del sistema tripartito y en el fondo se trata de un reglamento que favorece a los sindicatos de protección patronal y profundiza el control corporativo de los trabajadores. En síntesis el “boletín de criterios” que pretende aplicar la Junta local es contrario a la libertad sindical y a la autonomía de los sindicatos.

Es inadmisible que un gobierno de izquierda aplique aquellas políticas antisindicales propias de la derecha cuando pretende conculcar los derechos y conquistas históricas de los trabajadores por medio de un ordenamiento secundario y cuando socava, con sus resoluciones parciales, el derecho a la organización autónoma de los bomberos, los trabajadores de las preparatorias del DF, de la Universidad Autónoma de la  Ciudad de México, de las gasolineras y de Atento. Además de ejercer la represión en contra de manifestaciones pacíficas como ocurrió en el caso de las compañeras y compañeros de tierra, sobrecargos y pilotos de Mexicana de Aviación.

La UNT exige castigo a los responsables por la agresión de que fueron victimas los compañeros de Mexicana de Aviación por parte de un grupo de granaderos la que llevo al secuestro de los dirigentes de los Sindicatos involucrados.

Nuestra central sindical promoverá, además, un conjunto de acciones políticas y legales  para revocar el  “boletín de criterios” de la JLCA del DF,  las que incluyen un amparo  contra del mismo  y la presentación de las quejas correspondientes ante la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal y ante las  instancias internacionales competentes, como la OIT.

La UNT y otras organizaciones sociales realizaremos una marcha-mitin ante la JLCA la próxima semana en la que exigiremos la revocación del citado boletín así como un  cambio de fondo de la política laboral antisindical del Gobierno del Distrito Federal ya que consideramos que una verdadera política laboral democrática debe estar sustentada en la supresión del corporativismo sindical y en el respeto cabal de la autonomía, la independencia y la libertad de asociación de los trabajadores así como en la contratación colectiva autentica.



En una ciudad que se precia de contar con un gobierno progresista no se debe cancelar, mediante decretos administrativos, el derecho de los trabajadores a elegir y organizar sus propios sindicatos mientras que los patrones, en contraste, siguen contando con toda clase de ventajas para imponer al Sindicato con el que quiere tratar. Los contratos de protección patronal constituyen una lacra que, junto a las políticas anti laborales señaladas anteriormente, pueden terminar por destruir cualquier avance en materia de democracia laboral y social en la Ciudad de México.



Convocamos a todos los trabajadores a la movilización ante la JLCA del DF el próximo miércoles 30 a las 10.00 horas.



UNION NACIONAL DE LOS TRABAJADORES



“POR LA UNIDAD DEMOCRATICA DE LOS TRABAJADORES”

MÈXICO, DF A 24 DE NOVIEMBRE DEL 2011.